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Sobre los certificados

¿Qué es un certificado energético?

El certificado energético del edificio – determina el valor de la energía consumida por la calefacción, la preparación del agua caliente servible, la refrigeración, la ventilación y la iluminación.

El certificado otorgado es valido por 10 años, a menos que el edificio haya experimentado una renovación o un ensanche, y a su consecuencia se cambió su caracterísica energética.

¿Qué edificios han de tener el certificado energético obligatoriamente?

A partir de enero de 2009 los certificados de la caractrística energética son obligatorios para todos los edificios entregados para la explatación y también para los que están en venta o alquiler. Lo mismo se da en el caso del edificio que ha experimentado la renovación o un ensanche y como el resultado, se ha cambiado su característica energética.

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¿Qué edificios no han de poseer el certificado energético?

* los que están protegidos por los reglamientos sobre la protección y la conservación de los monumentos;
* los que se usan como lugares cultos y para la actividad religiosa;
* destinados para la explotación no más larga de 2 años;
* no habitables, que sirven para la agricultura;
* industriales y de explotación que necesitan la energía que no supera los 50 kWh(m2·año);
* habitables destinados a la explotación que no supera los 4 meses por año;
* casas independienes con la superficie servible menor de los 50 m2.